LA INTEGRACIÓN LABORALDE LAS PERSONAS CON SD

(Macarena Gea Maldonado, Psicóloga CENTRO DOWN)

 

Hoy por hoy CEDOWN, no cuenta con ningún asociado que asista habitualmente  a nuestras actividades, que  se encuentre en  edad de incorporarse al mercado laboral; no  obstante ninguna de dichas actividades pierden de vista el fín último de nuestra intervención que no es otro que conseguir que las personas SD que forman CEDOWN se conviertan en ADULTOS. 

 

Cualquier persona adulta tiene que asumir responsabilidades en todos los ámbitos de su vida y entre éstos se haya el empleo. La maduración personal pasa por la formación para realizar trabajos y por su aproximación e inserción en el mundo laboral.

 

Si por otra parte todos los que integramos CEDOWN queremos que la Integración social sea plena y que los que hoy son niñ@s  puedan desarrollar una vida autónoma e independiente, no podemos obviar que el paso previo para poder independizarse es contar con un empleo.

 

Este artículo no pretende ofrecer más que una información básica sobre la situación actual de la formación profesional e inserción laboral en nuestra Comunidad para las personas con discapacidad y por qué no, servir de reflexión a las familias, profesionales y agentes sociales  sobre dónde queremos llegar y hacia dónde debemos dirigir, por tanto, nuestros esfuerzos.

 

En nuestra Comunidad, al finalizar el período de formación básica de carácter obligatorio, el equipo educativo decidirá, en función de las capacidades, habilidades y destrezas alcanzadas por el alumnn@, qué tipo de programa ha de cursar para lograr los objetivos del periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral.

Conforme a lo establecido en el artículo 30.4 del Decreto 147/2002, de 14 de mayo, las enseñanzas que se impartan en el período de  formación para la transición a la vida adulta y laboral podrán ser Programas de Garantía Social (Programas de cualificación profesional inicial, véase figura 1) específicos para el alumnado con necesidades educativas especiales por razón de discapacidad, según lo establecido en la Orden de 1 de abril de 2002, por la que se regulan los Programas de Garantía Social, o Programas de Formación para la Transición a la Vida Adulta y Laboral, de acuerdo con lo establecido en la ORDEN de 19 de septiembre de 2002, por la que se regula el periodo de formación para la transición a la vida adulta y laboral, destinado a los jóvenes con necesidades educativas especiales.

Una vez agotadas estas vías podrían acceder a determinados cursos de Formación Profesional Ocupacional.

 

 

 

Fig.1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En cualquier caso, y como norma general, nos encontramos a jóvenes con discapacidad con más de 20 años de edad supuestamente preparados para incorporarse en el mercado laboral.

 

A partir de este momento, tres serían las vías de acercamiento o incorporación  al mundo laboral: Los Centros  Ocupacionales, Los Centros Especiales de Empleo y el Empleo con Apoyo. (Un enfoque evolutivo de la integración laboral puede observarse en la figura 2)

 

Fig.2: Enfoque evolutivo sobre la integración laboral

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Un Centro Ocupacional es un servicio especializado que pretende la preparación para la vida y el trabajo de jóvenes y personas adultas con discapacidad.  Este recurso está dirigido a personas con discapacidad intelectual en edad laboral y con el certificado de calificación de minusvalía.

Partiendo de que se considera  a las personas con discapacidad intelectual como adultos con posibilidades, derechos y deberes, su misión será adaptarse a las necesidades y posibilidades de cada individuo, potenciando sus capacidades a través de las habilidades adaptativas, sirviéndose para ello de recursos y apoyos tanto externos como internos (los del C.O.), con el fin de lograr al máximo el desarrollo de la persona, formando, tanto a nivel  laboral como social  a aquellas personas que, pueden tener acceso al empleo, considerando éste como un medio para propiciar su integración social.

 Las actividades se desarrollan mediante la realización de trabajos en un régimen lo más parecido posible al normal en cualquier Centro Laboral, pero sin fines lucrativos, y a través de la aplicación de los tratamientos especializados que demande su discapacidad. El Centro ocupacional tiene por objetivo la habilitación profesional de los discapacitados, tratando de preparar a sus usuarios de forma gradual y mediante una pedagogía aplicada para una actividad laboral.

Los medios elementales son:

 La realización de actividades laborales.

La aplicación de medidas correctoras de sus limitaciones, personales y sociales.

Normalmente  proporcionan un doble servicio: LOS TALLERES PROFESIONALES Y LAS UNIDADES FORMATIVAS.

1. LOS TALLERES

En los talleres se desarrollan un conjunto de actividades manuales, artesanales o artísticas, cuyos objetivos son:

- La integración laboral

- La autorrealización y satisfacción de cada sujeto en el desarrollo de su actividad.

- Superación de determinadas limitaciones y fracasos a través de prácticas de menor o mayor complejidad.

- Motivación hacia diferentes tareas o actividades.

- Aprendizaje de trabajo en equipo.

- Adquisición de destreza en el uso de útiles de trabajo.

- Fomento de la iniciativa y la creatividad.

2. UNIDADES FORMATIVAS.

- Valoración y orientación sobre sus capacidades.

- Programas de atención psico-social individual y de grupo.

- Promoción de la socialización y la participación.

- El mantenimiento y mejora del nivel cultural entendido como un medio de adquisición de habilidades.

- El intercambio y enriquecimiento de experiencias culturales, a través del diálogo y la participación.

- La motivación hacia los distintos aspectos de la realidad sociocultural.

Los Centros Especiales de Empleo, figura creada por la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, son instituciones de integración laboral y se consideran elementos básicos integradores de las personas con discapacidad en el denominado mundo ordinario del trabajo, cuando por sus circunstancias de orden personal, consecuentes con su discapacidad, no puedan ejercer una actividad laboral en las condiciones habituales.

Los Centros Especiales de Empleo son empresas cuyo objetivo principal es el de realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado, y cuya finalidad es asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad.

Su plantilla tiene que estar formada al menos en un 70 por 100 por minusválidos con una reducción de, al menos, un 33 por ciento de su capacidad para el trabajo, sin perjuicio de las plazas en plantilla del personal no minusválido imprescindible para el desarrollo de su actividad.

Los Centros Especiales de Empleo se conciben como un medio de integración laboral de las personas con discapacidad en las empresas ordinarias, fin primordial de la política de integración laboral de este sector, por lo que la normativa reguladora de la materia insiste en se trata de auténticas empresas que deben sujetar su gestión a las mismas normas y requisitos que afecten a cualquier empresa del sector al que pertenezcan.

 

La modalidad de empleo con apoyo consiste en la incorporación de la persona con discapacidad en la empresa ordinaria mediante la provisión de los  apoyos necesarios, dentro y fuera del lugar del trabajo, y en condiciones de empleo lo más similares posible en trabajo y sueldo a las de otro trabajador sin discapacidad en un puesto equiparable dentro de la misma empresa.

 

Un aspecto fundamental de esta modalidad lo constituye los apoyos necesarios a lo largo de la vida laboral para posibilitar el mantenimiento del puesto y el rendimiento  requerido, estos apoyos fluctuaran a lo largo del tiempo en función de la situación de la persona.

 

Aparece aquí, la figura del denominado  Preparador laboral como figura que acompaña a la persona con discapacidad a su puesto de trabajo diario hasta que se adapta para, posteriormente, irse retirando de forma progresiva. Finalmente seguirá realizando desde la asociación o entidad a la que pertenezca, un seguimiento del trabajo de esta persona. Down España ha desarrollado un proyecto en el cual se buscan los contenidos y perfiles para la correcta formación del denominado preparador laboral proponiendo a las autoridades competentes que la figura del preparador laboral forme parte de los planes de formación profesional.      

 

Para todas las entidades que trabajamos con personas con SD, el empleo en la empresa ordinaria con los apoyos y las adaptaciones precisos se configura como el punto de referencia básico y desde el que se puede partir hacia otras modalidades laborales según la persona y el entorno. Consideramos que el modelo de empleo con apoyo es la fórmula ideal para la integración laboral de las personas con SD en la empresa ordinaria.

 

No obstante la conversión de los centros específicos hacia los servicios integrados en la comunidad sigue sin realizarse de una manera decidida y actualmente los Centros especiales de empleo o centros Ocupacionales cuentan con estabilidad en su financiación mientras que el empleo con apoyo carece de fuentes estables de financiación que aseguren su permanencia.

 

Sería deseable una mayor participación e implicación en la financiación de los programas de empleo con apoyo de las autonomías y de las entidades locales. Así mismo el sector privado debería desempeñar un papel más activo ya que para conseguir mayores logros, es imprescindible la cooperación intersectorial del  conjunto de la sociedad.

 

De todo lo anteriormente expuesto y haciéndonos eco del Plan de acción para las personas con SD que Down España elaboró, cabría hacer unas cuantas reflexiones:

 

-                Es necesario crear un abanico de posibilidades formativas y de inserción laboral para que cada persona pueda desarrollar su propio itinerario.

-                Partiendo de las capacidades de cada persona con SD y de su esfuerzo, corresponde a las administraciones, instituciones, entidades, empresarios…crear las condiciones necesarias para su correcta formación e inserción laboral.

 

-                Es preciso dotar a los Centros especiales de empleo del principio de normalización procurando la promoción de los trabajadores hacia el empleo ordinario.

 

-                El centro ocupacional puede convertirse en lugar de en el fin del camino, en una herramienta eficaz para el logro de un empleo normalizado.

 

-                Es deseable evitar largas estancias en centros ocupacionales.

 

-                En ocasiones se pueden desarrollar tareas que no son “rentables” económicamente pero que se pueden insertar en procesos productivos. Tenemos que procurar que esas tareas sean legales, reconocidas y compensadas en su justa medida. Su participación debe ser recompensada por pequeña que sea.

 

-                La igualdad de oportunidades en el acceso al empleo público de las personas con SD depende de una adecuada adaptación de las pruebas de acceso, así como por el cumplimiento de las medidas legisladas en esta materia.

 

 

 

Para saber más

* “Materiales  para trabajar la autonomía y vida independiente de las personas con discapacidad psíquica” FEISD

* “ Educar para la vida. I Congreso Nacional de Educación para personas con SD” Publicaciones Cajasur, 2.002

* “Psicopedagogía del niño con SD”, Santiago Molina (Coordinador), Ediciones Arial, 2.002

* “Vivir con el Síndrome de Down. Una introducción para padres y profesores, Buckley, Bird, Sacks, Perera,, Cepe, Madrid,2.005 

* “Plan de acción para las personas con SD en España” FEISD

*Asociación Española de empleo con apoyo. AESE www.empleoconapoyo.org

* Valoración, orientación e inserción laboral de personas con discapacidad: Método Estrella. INSERSO

* Método de Perfiles de adecuación de la tarea a la persona. Lantegi Batuak